Implicaciones de los principios de celeridad y eficacia en la jurisdicción constitucional
Palabras clave:
celeridad, eficacia, tutela, congestión judicial, jurisdicción constitucionalResumen
Por disposiciones constitucionales y legales, la Rama Judicial colombiana, en el ejercicio de su función de administrar justicia, debe estar sometida a principios rectores como el de celeridad, cuya aplicación requiere que todos los procesos jurídicos que se adelanten ante dicha vertiente del poder público sean atendidos de manera pronta, diligente y cumplida; así mismo, debe estar bajo principios como el de eficacia, lo cual implica que todos los operadores judiciales deben proferir sus fallos atendiendo efectivamente las necesidades litigiosas de los ciudadanos. La jurisdicción constitucional colombiana no debe ser ajena a la aplicación de los mencionados preceptos, pues es precisamente la acción de tutela la herramienta mediante la cual se busca hacer efectivos los derechos fundamentales de los ciudadanos de forma preferente y sumaria, tal y como lo dispone la Constitución Política de 1991 y lo ratifica el Decreto 2591 de 19911, sin embargo, a la luz de la mencionada jurisdicción, estos principios carecen de aplicabilidad debido a la creciente congestión que atropella a la Rama Judicial y la ausencia de jueces especializados en atender este tipo de litigios.
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